NUEVOS INCENTIVOS A LA CONTRATACIÓN REAL DECRETO-LEY 08/2014

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Se ha publicado el Real Decreto-Ley 8/2014, con el objetivo de que los jóvenes, con edad comprendida entre los 16 y los 25 años, o menos de 30 arios con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, no ocupados ni integrados en los sistemas de educación, puedan recibir una oferta de empleo.

Se crea un fichero en el que tendrán que estar inscritos este colectivo de jóvenes que reúnan los siguientes requisitos, si quieren beneficiarse de las medidas adoptadas en este Real Decreto-Ley.

  • Tener nacionalidad española o ser ciudadano de la U.E. o
    de los Estados parte del Acuerdo sobre el E.E.E. o Suiza
    que se encuentren en España. También podrán inscribirse
    los extranjeros con permiso de residencia y trabajo.
  • Estar empadronado en España
  • No haber trabajado en los últimos 30 días.
  • No haber recibido acciones educativas, que conlleven más
    de 40 horas mensuales, en los últimos 90 días.
  • Adquirir compromiso de participación activa.
  • Los jóvenes que quieran beneficiarse de las ventajas de
    este nuevo sistema deberán solicitar su inscripción en el
    fichero.

Las personas inscritas pasarán a constituir una lista única de demanda.

Se regula la conocida como “Tarifa Joven” que será de aplicación a las contrataciones indefinidas que se lleven a cabo desde el 5 de julio de 2014 hasta el 30 de junio de 2016, de beneficiarios del sistema Nacional de garantía juvenil.

Serán beneficiarios de la bonificación las empresas, trabajadores autónomos que contraten a trabajadores con contratación indefinida, que cumplan los siguientes requisitos:

•   Hallarse al corriente con Hacienda y la Seguridad Social

*Mantener al trabajador al menos 6 meses.

* Que su contratación suponga el incremento tanto a nivel indefinido como a nivel de empleo total.

* Mantener    el    nivel    de    empleo    alcanzado    con    la contratación, durante todo el disfrute de la bonificación.

*El trabajador contratado debe realizar al menos el 50% de la jornada.

La cuantía de la bonificación en la aportación empresarial será:

300€/mes si se contrata a jornada completa

225€/mes si se realiza una jornada de, al menos, el 75%

150€/mes si se realiza una jornada de, al menos, el 50%

La   bonificación  se  aplicará  durante  un   máximo  de  6 meses y será compatible con todo tipo de incentivos, siempre   que   el   importe   mensual   a   cotizar   no   sea negativo.

No  se  aplicará   la   bonificación   cuando  se   contrate  a trabajadores   en   el   Sistema   Especial   Agrario   o   de Empleadas de Hogar.

Se establece una bonificación adicional del 50% a la cotización empresarial por contingencias comunes, por lo que el incentivo alcanzara el 100% cuando se realicen contratos en prácticas a jóvenes inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

Para   cualquier  aclaración,   pónganse   en   contacto  con   este despacho.

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